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martes, 16 de septiembre de 2025

Judiciales: vecinos de Chacabuco citados y sanciones confirmadas o modificadas para el ex intendente Víctor Aiola

 

Edictos.

El Juzgado de Paz Letrado de Chacabuco, cita y emplaza por 30 días a herederos y/o acreedores de:

- Roberto Luis Toledo, 10 de septiembre 

- Osmar Miguel Caviglia, 11 de septiembre 

Publicado en el Boletín oficial de la provincia con fecha del 16 de septiembre de 2025.



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Resolución del Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires publicada el 15 de septiembre en el Boletín oficial de la provincia:


ARTÍCULO PRIMERO: Confirmar el Artículo Tercero de la sentencia de fecha 10/09/2020, correspondiente a la Municipalidad de Chacabuco ejercicio 2018, por el cual se dispuso la aplicación a los recurrentes de Multas de $41.000,00 al Intendente Municipal Víctor Reinaldo AIOLA y de $21.000,00 a la Contadora Municipal Estela Adriana FERRARI y Amonestación a la Tesorera Municipal Alejandra Haide PORTERIE, entre otras sanciones no pecuniarias allí dispuestas para los restantes funcionarios, en razón de los argumentos expuestos en el Considerando Primero de la presente Resolución (artículo 39 de la Ley Orgánica del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires).

ARTÍCULO SEGUNDO: Dar por cumplida las sanciones pecuniarias a las que se refiere el Artículo anterior, de acuerdo a lo expuesto en el Resultando VI y Considerando Primero in fine de la presente Resolución.

ARTÍCULO TERCERO: Modificar el Artículo Cuarto de la sentencia de fecha 10/09/2020, correspondiente a la Municipalidad de Chacabuco, ejercicio 2018 y dejar sin efecto el cargo de $10.292.120,59, por el que se responsabilizó al Intendente Municipal Víctor Reinaldo AIOLA en solidaridad con la Contadora Municipal Estela Adriana FERRARI y el Secretario de Obras Públicas Osmar Eduardo ECHEVARRÍA hasta la suma de $6.029.795,21 y al Intendente Municipal Víctor Reinaldo AIOLA en solidaridad con el Contador Municipal Néstor Osvaldo STECHINA y el Secretario de Obras Públicas Osmar Eduardo ECHEVARRÍA hasta la suma de $4.262.325,38, en razón de los argumentos expuestos en el Considerando Segundo de la presente Resolución (artículo 39 de la Ley Orgánica del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires).

ARTÍCULO CUARTO: Confirmar el Artículo Quinto de la Sentencia de fecha 10/09/2020, correspondiente a la Municipalidad de Chacabuco, ejercicio 2018, por el cual se formuló cargo de $23.342,69, por el que deberán responder el Intendente Municipal Víctor Reinaldo AIOLA en solidaridad con el Asesor Letrado Gonzalo Gastón VILLAGRÁN, en razón de los argumentos expuestos en el Considerando Tercero de la presente Resolución (artículo 39 de la Ley Orgánica del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires).

ARTÍCULO QUINTO: Dar por cumplida la sanción dispuesta por el Artículo Sexto de la Sentencia de fecha 10/09/2020
correspondiente a la Municipalidad de Chacabuco, ejercicio 2018, de acuerdo a lo expuesto en el Resultando VII y
Considerando Cuarto de la presente Resolución.

ARTÍCULO SEXTO: Modificar el Artículo Séptimo de la sentencia de fecha 10/09/2020, correspondiente a la Municipalidad de Chacabuco, ejercicio 2018 y dejar sin efecto el cargo de $3.113.695,40, por el que se responsabilizó a la Contadora Municipal Adriana Estela FERRARI en solidaridad con la Tesorera Municipal Alejandra Haide PORTERIE, en razón de los argumentos expuestos en el Considerando Quinto de la presente Resolución (artículo 39 de la Ley Orgánica del H.Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires).

ARTÍCULO SÉPTIMO: Confirmar el Artículo Octavo de la Sentencia de fecha 10/09/2020, correspondiente a la Municipalidad de Chacabuco, ejercicio 2018, por el cual se formuló cargo de $60.390,92, por el que deberá responder el Intendente Municipal Víctor Reinaldo AIOLA, en razón de los argumentos expuestos en el Considerando Sexto de la presente Resolución (artículo 39 de la Ley Orgánica del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires).

ARTÍCULO OCTAVO: Notificar a Víctor Reinaldo AIOLA, Estela Adriana FERRARI, Alejandra Haide PORTERIE, Osmar Eduardo ECHEVARRÍA, Néstor Osvaldo STECHINA y Gonzalo Gastón VILLAGRÁN de lo resuelto en los artículos anteriores y fijarles a los alcanzados con sanciones pecuniarias un plazo de noventa días (90) días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuenta fiscal N° 108/9 (cargos-pesos)  CBU0140999801200000010893 a la orden del Presidente del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires-CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a éste Organismo los depósitos efectuados, adjuntándose los comprobantes que así lo acrediten dentro del mismo plazo señalado. Asimismo, y para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H.Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18° de la Ley N°12008, fecha de interposición de la demanda, carátula, numero de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el Artículo 159 de la Constitución Provincial (artículo 33 de la Ley N° 10869 y sus modificatorias).

ARTÍCULO NOVENO: Comunicar la presente Resolución al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de Chacabuco, para su conocimiento.

ARTÍCULO DÉCIMO: Rubríquese por el Señor Secretario de Actuaciones y Procedimiento la presente Resolución que consta de once (11) fojas, publíquese en el Boletín Oficial y en la página electrónica del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, reservar este expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante los términos
fijados en el Artículo Octavo. Fírmese. Cumplido, archívese.


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