sábado, 26 de octubre de 2019

¿Muerte aparente o catalepsia en el Hospital Municipal?

La palabra de un especialista.


El caso de la vecina María Muñoz trascendió los límites de Chacabuco y se transformó en una noticia de alcance nacional e internacional.
Que una persona sea declarada muerta en un Hospital público y luego se compruebe que en la casa velatoria que estaba viva no es algo que se ve todos los días.

Uno de los debates que se observó ayer en las redes sociales fue en torno a si la mujer había sufrido catalepsia. Y hubo un medio nacional que se refirió a la cuestión.
El médico legista José Speranza contó a Página/12 cómo es el procedimiento por el cual se constata la muerte de una persona para labrar así el certificado de defunción, algo que se llegó a hacer con María Muñoz, de 85 años, en la localidad bonaerense.
“El médico tiene que comprobar los signos vitales: frecuencia cardíaca, el pulso y la respiración para constatar si hay vida”, explicó el médico desde Rosario. “Puede ocurrir una situación que está tipificada en Medicina Legal, que es la de ‘muerte aparente’, esto es, hay signos vitales muy bajos, casi imperceptibles y temperatura baja en el cuerpo”. En ese caso, se notifica la situación y se aguarda hasta que se produzca el deceso.
Speranza consideró que en casos como el de Chacabuco “puede ocurrir que no se hayan detectado signos vitales en la paciente”.
La “muerte aparente” no debe ser confundida con otra situación: la catalepsia. Speranza especificó que “es otro estado, no hay muerte” y se caracteriza por la rigidez del cuerpo. “Se da por lazos familiares, hay familias con catalépticos en segunda y tercera generación”. Incluso es común en Europa, al punto tal que se toman recaudos: si la persona con antecedentes familiares es enterrada se lo hace con un tanque de oxígeno y con un timbre o una soga que agita una banderita en la superficie.
Respecto del caso de Chacabuco, Speranza se refirió a la situación del velatorio. “La ley exige 24 horas entre el momento del fallecimiento y la inhumación. El velatorio, más allá del sentido que le da la familia para despedir a una persona, sirve para terminar de constatar la muerte, a los efectos legales”.
En ese sentido, dijo que el certificado de defunción “es un acto médico legal” y que su redacción implica una serie de trámites. “Certifica el fin de la vida, ese es su valor legal. Las salas mortuorias requieren el DNI de la persona fallecida para remitirlo al Registro Civil”. En el caso de Chacabuco, si la cochería hubiera recibido el DNI se debería anular el certificado expedido.
¿Hay antecedentes de una situación así? “Acá en Rosario ocurrió una o dos veces con personas mayores, pero no es algo común”. Speranza descarta que haya habido un estado de “muerte aparente” dado que, en ese caso, “se debe esperar el fallecimiento de manera fehaciente”. También apuntó que “se suele poner como causa de la muerte el paro cardiorrespiratorio, cuando en verdad se debería destacar la causa primaria y la causa secundaria del fallecimiento”.

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