sábado, 27 de agosto de 2016

Gas: ¿Tope de 300 por ciento? - Dificultades para inscribirse en la audiencia pública - Para pedir espacio


Gas. El gobierno nacional estaría dispuesto a que el tope para el aumento de gas pase del 400 al 300 por ciento.



Esta información fue publicada por el diario Clarín:
La principal preocupación del Poder Ejecutivo es que no haya facturas con importes por varios miles de pesos, como la que mostró el diputado Sergio Massa, que superaba los $ 8.400 y un alto nivel de consumo. En el Gobierno creen que se trató de casos "muy particulares", pero quieren estar a salvo de que esas situaciones se reiteren. "Que esté claro que quien consume mucho, pagará más", fue uno de los conceptos hablado.
El Poder Ejecutivo corregirá la suba del gas inicial aplicada en abril, que era del 400%. Y la bajará a un número cercano al 300%.
"Que todos entiendan bien el aumento. Que sea racional, explicado y previsible. Todo lo contrario a lo que se hizo antes", conversaron ayer en la Casa Rosada.

Audiencia. (Gacetilla de prensa) Los diputados provinciales del FPV-PJ manifestaron hoy que elevarán una nota al Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) pidiendo explicaciones “porque desde el día de ayer no se encuentra disponible la inscripción online para poder participar de la audiencia pública por la suba del gas”, que se desarrollará el próximo viernes 16 de septiembre en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
En este sentido, precisaron que el Formulario de Participación Virtual que se hallaba en el sitio: http://www.enargas.gov.ar/ dentro de la opción Audiencia Pública fue sustituido por el ítem Consultas donde figura una dirección de correo electrónico (audienciapublica@enargas.gov.ar).
La diputada Eva Ramírez alertó que “claramente, están obstaculizando la inscripción a distancia, excluyendo a aquellos ciudadanos y ciudadanas que residen en otras provincias y ciudades”.
Asimismo, indicó que los interesados hasta ayer podían registrarse de manera directa, completando una planilla con sus datos personales y obteniendo un número de inscripción.
Por último, el presidente del bloque del FPV-PJ, Walter Abarca, sostuvo: “Es obligación del Estado arbitrar y facilitar los medios necesarios para que todos y todas puedan ser parte de esta instancia de participación y consulta ciudadana” y agregó: “No se debe obviar que estamos frente a un derecho constitucional”.
El escrito llevará las firmas de los diputados: Walter Abarca, Eva Ramírez, Valeria Amendolara, Andrés Quinteros, Mariano San Pedro, Alejandra Martínez, Liliana Pintos, Marcelo Feliú, Manuel Elías, Mauricio Barrientos, Alicia Sánchez, Ricardo Moccero y Rodolfo Iriart.

PJ. (Gacetilla de prensa) El Partido Justicialista de Chacabuco brindará un curso para formar dirigentes políticos, sociales y sindicales. El mismo tendrá un año de duración y será gratuito, con instancias de evaluación y entrega de diploma. Las clases estarán a cargo de Juan Tangari, Facundo Muciaccia y Daniela Balbo.
La primer clase se trabajará en diferenciar, explicar y vincular los siguientes conceptos: ideología, teoría, doctrina y formas de ejecución de la doctrina; Gobierno, Estado y Pueblo libre, Partido y Movimiento, Rol de los cuadros auxiliares y de las organizaciones libres del pueblo.
Otros temas a tratar durante este año será la identidad cultural en crisis, la encíclica Laudato Si, el Modelo Argentino para el Proyecto Nacional, y Peronismo en el siglo XXI.
El curso comienza hoy a las 18.00 en la Casa Peronista.


Espacios públicos. (Gacetilla de prensa) La secretaría del Honorable Concejo Deliberante (HCD) comunica que solo se podrán ingresar solicitudes de Espacios Públicos, como mínimo con cinco días hábiles de anticipación al acto o actividad que las motive.
Asimismo pone en conocimiento de los vecinos, que dichos pedidos deberán formularse mediante una planilla, que podrá ser solicitada en la Secretaría del Cuerpo Deliberativo o bien a través de la página web del mismo  ( http://hcd.chacabuco.gob.ar).
Lo solicitado es en cumplimiento del artículo 4º de la ORDENANZA  Nº  6.541/15, referente al RÉGIMEN MUNICIPAL DE ACTOS Y ACTIVIDADES EN ESPACIOS PÚBLICOS, el cual expresa lo siguiente:  “De las exigencias de las solicitudes. Las entidades citadas en el artículo 2º,  sin y con fines de lucro que pretendan organizar y desarrollar actos, actividades y/o espectáculos en espacios públicos deben presentar, acreditar y comunicar con cinco días hábiles de anticipación a la realización de los mismos ante el Honorable Concejo Deliberante, las siguientes exigencias mínimas:
a) Copia del Documento Nacional de Identidad de representantes de la entidad solicitante;
b) Exposición de las tareas y actividades que se proyecta realizar;
c) Espacio público que se pretende utilizar;
d) Croquis o plano en el que se indique el sector que se pretende usar y ocupar;
e) Declaración de actividades accesorias que tengan fines comerciales, tales como las relacionadas con servicios de gastronomía y de publicidad estática y/u oral, siendo la exposición realizada en el presente inciso meramente enunciativa y por lo tanto no limitativa;
f) Manifestar si el acceso al área que se pretende para el desarrollo de las tareas y actividades será libre y gratuito o a cambio de una retribución en especias y/o de dinero;
g) Descripción de las medidas a implementar con vistas a la preservación y resguardo de la higiene pública, la integridad física y los bienes e inmuebles en general que se pudieren afectar;
h) Horario en que se desarrollarán las tareas y actividades pretendidas;
i) Instalación de baños químicos, cuando por las características de la actividad a desarrollarse así lo requieran;
j) Autorizaciones anteriores si las hubiera;
K) Manifestar cantidad aproximada de concurrentes;
L) Manifestar si se utilizaran equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual. (Incorporados por Ordenanza Nº 6749/16)
Las solicitudes serán presentadas por escrito, pudiendo optar el solicitante por la utilización del formulario que se agrega como Anexo I de la presente, debiendo cumplir con las exigencias legales vigentes.
El Honorable Concejo Deliberante podrá recepcionar presentaciones y acreditaciones en un plazo inferior a lo establecido en el presente artículo cuando las particulares características del evento así lo requieran.
“ARTICULO Nº 4 bis: En caso de que el peticionante manifieste que se utilizaran equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, en el plazo de 48 horas posteriores al otorgamiento del Espacio Publico solicitado, teniendo en cuenta la cantidad manifestada de concurrentes. En caso de suspensión del evento que motiva el pedido de espacio público, el pago efectuado de SADAIC, será válido para la nueva fecha programada.” (incorporados por Ordenanza Nº 6749/16)”.


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