martes, 22 de septiembre de 2020

"¿Por qué no se escucha y protege a los niños/as?"


Nota pedida.

A raíz del hecho ocurrido días anteriores en la localidad de Chacabuco, cuando un niño de 10 años que se acercó solicitando ayuda a la dependencia del Servicio Local de Protección y Promoción de derechos de niños, niñas y adolescentes, encontrándose con la negativa de este organismo, ante lo cual se desborda, cuestión que se denuncia por la intervención de un vecino, es necesario poner en la mesa de debate el tema de la escucha a los niños y niñas, y de las acciones que se toman a los fines de su protección.


Volver a Chacabuquero.

A nivel normativo, el Art. N° 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño encierra una disposición sin precedentes en un tratado de derechos humanos; apunta a la condición jurídica y social de niños, niñas y adolescentes, quienes por un lado carecen de la plena autonomía de un adulto, pero por el otro son sujetos plenos de derecho.
En esta tónica, la primera parte de la norma garantiza el derecho a expresar su opinión de manera libre y en todo asunto que los afecte, la que deberá ser tenida debidamente en cuenta en función de la edad y el grado de madurez; mientras la segunda afirma la obligatoriedad de dar al niño, niña y/o adolescente la oportunidad de ser escuchado en todo procedimiento judicial o administrativo que lo afecte.
Se trata de un valor estructural y estructurante del cuerpo jurídico internacional de protección de las infancias y adolescencias. A nivel nacional tanto la Ley Nº 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (2005) como el Código Civil y Comercial de la Nación (2015), se detienen a profundizar sobre este derecho humano que se le reconoce a niños, niñas  y adolescentes, refiriendo de manera expresa a las nociones clave de desarrollo, madurez y discernimiento. La misma lógica se replica a nivel provincial en distintos cuerpos legales: normas destinadas a adecuar la institucionalidad del sistema de protección y promoción de derechos en sus respetivos territorios.
También ha de ponerse en resalto el derecho a “peticionar ante las autoridades” que por orden constitucional tenemos todos los habitantes de la República Argentina, y el deber de “Debida diligencia estricta” que tienen los Estados, por compromisos asumidos internacionalmente, de prevenir, proteger, investigar, y reparar en este tipo de casos. 
Ahora bien, ¿Qué es lo que pasa en la práctica?, y ¿Por qué cuesta tanto que estos derechos no queden en meras declaraciones y se transformen en verdaderas obligaciones?;  ¿Por qué es más fácil callar e invisibilizar, o postergar?; ¿Por qué un vecino puede actuar con más empatía que las personas que se suponen que ocupan cargos que deberían activar los sistemas de protección y escucha activa?;¿Qué es lo que falta?.
Es necesario recalcar que esta actitud es una actitud como mínimo negligente. Que se transforma automáticamente en un hecho de violencia institucional hacia un niño. Remarcando aún más el acto violento, el hecho de haber dado intervención a la policía ante el desborde lógico del niño por no encontrar respuestas, y que a modo de “show” concurran cuatro patrulleros al lugar, como si se tratara de un delincuente de alta talla. El niño solo quería ser escuchado, y encontrar una solución a su situación. Fue al lugar correcto, y se encontró con la respuesta equivocada.
Deberíamos hacer otras preguntas: ¿Quién es el responsable?; ¿Quién debe denunciar a los funcionarios que incumplen sus obligaciones?; ¿Quién debe accionar para que estas cosas no vuelvan a repetirse?.
La sociedad merece explicaciones. El niño merece explicaciones. ¿Por qué así sin más se vulneran derechos consagrados internacionalmente? y ¿Cuál es la consecuencia de hacer caso omiso a las obligaciones de los funcionarios públicos?  
El niño no golpeo en la puerta equivocada, evidentemente fue el Estado quien no estuvo a la altura. 
Seguiremos pensando, y reclamando por la no vulneración de los derechos de quienes más nos necesitan. Y si no se los escucha, gritaremos con ellos. Es un compromiso que como sociedad debemos asumir. 

Firma: Valeria Alcain, abogada especializada en niñez

1 comentario:

Carlos Andres dijo...

Valeria: Hay que proteger a los niños de todos aquellos que hablan con redundancias en los de lo que creen es inclusión.