miércoles, 4 de abril de 2012

El GEN acusa al municipio de usar agroquímicos en los espacios públicos

El bloque del GEN del Concejo Deliberante, que conforma el edil Alberto Limia, acusó al gobierno de Mauricio Barrientos de utilizar matayuyos en los canteros del Acceso Juan XXIII de la ciudad de Chacabuco.

Por esta razón, presentó un proyecto de resolución por el cual se le pide al Departamento Ejecutivo que de cumplimiento con una ordenanza en el año 2000, que prohíbe el uso de herbicidas en espacios públicos.
"Es innegable la utilización de dichos productos en los canteros centrales del Acceso Juan XXIII a fin de controlar la propagación del pasto existente", se informó en el proyecto.
"Esto constituye un atropello al medio ambiente en clara violación también al artículo 41 de la Constitución Nacional el cual establece que “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales”, se agregó.
"El uso de herbicidas causa graves e innecesarios problemas de salud en personas y animales, contamina suelo, aire, agua y alimentos y atenta contra la biodiversidad. Numerosos estudios académicos, nacionales e internacionales, demostraron la extrema peligrosidad de estos herbicidas para el medio ambiente y la salud pública: contienen sustancias cancerígenas, siendo además causales de enfermedades respiratorias, gastrointestinales, renales, dérmicas y oculares", continúa, y finaliza, "existen métodos manuales de control de malezas y pastizales que pueden reemplazar con efectividad la acción de los agroquímicos, sin la necesidad de incorporar más sustancias contaminantes al ambiente y que además resultan afines a los criterios de sustentabilidad ambiental que debe primar en todas las acciones del Municipio".
La ordenanza citada es la 2314/00

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